Pisa - Consultoría en innovación y gestión empresarial
Fiscalidad: gestión de deducciones fiscales

Fiscalidad

Está viendo:

Gestión de deducciones fiscales por proyectos de I+D+i

Las deducciones fiscales tienen como objetivo compensar el esfuerzo de las empresas en actividades de I+D+i pudiendo minorar su cuota íntegra del Impuesto de Sociedades hasta un 42% del gasto en I+D, y un 12% en proyectos de Innovación Tecnológica (25% si son proyectos de la Cadena de Valor del sector de la Automoción).

¿Para quién?

Todo tipo de empresas, independientemente de su tamaño o sector

¿Qué tipo de gasto?

Gasto técnico de personal, materiales utilizados, activos y colaboraciones

¿Qué tipo de actividades?

Se admiten actividades de I+D o innovación tecnológica

¿Debe estar financiado públicamente?

No, pueden ser proyectos autofinanciados o proyectos con financiación pública

¿Es necesario un informe motivado para aplicar deducciones fiscales?

No es obligatorio, si bien la seguridad jurídica la otorga disponer de un informe motivado ex post del Ministerio.

¿Tienen que tener éxito los proyectos para producirse?

En el ámbito de la I+D, no se exige. En el de la innovación, sí se debe producir una mejora en el producto o en proceso (excepto diagnóstico tecnológico)

¿Qué plazos hay para tramitar el informe motivado?

El informe motivado al Ministerio debe solicitarse antes de que finalice el plazo de presentación del impuesto de sociedades para el cual se solicita

¿Tengo que implantar la norma UNE166002 de Gestión de la Innovación?

No, las normas pueden facilitar la planificación y control de actividades pero no es un requisito necesario para la solicitud de deducciones fiscales por I+D+i

En Pisa nos encargamos de...

Identificar las actividades calificables como I+D+i a efectos fiscales

Redactar las memorias técnicas y económicas y otra documentación requerida por la certificadora

Gestionar íntegramente la solicitud del Informe Motivado y Vinculante para Hacienda

... Y contamos con un 100% DE ÉXITO EN LA OBTENCIÓN DE DEDUCCIONES FISCALES

Otros incentivos

Bonificaciones por personal investigador

Son bonificaciones del 40% sobre la cuota empresarial de la cotización a la Seguridad Social por contar con personal investigador dedicado en exclusiva a actividades de I+D+i durante todo su tiempo de trabajo. Se admite un 15% de dedicación a tareas asimilables a actividades de I+D+i.

Se trata de un incentivo no tributario, ligado a la contratación y al mantenimiento del empleo, por el que la empresa puede disminuir el gasto de personal en este concepto.

Se establece una plena compatibilidad de esta bonificación con las deducciones fiscales por I+D+i en el caso de "pymes innovadoras". En el resto de empresas, puede existir esta compatibilidad siempre que no se apliquen ambos incentivos sobre el mismo investigador.

Patent Box: Reducción de rentas por cesión de activos intangibles

Este tipo de incentivo permite a las empresas minorar en un 60% la Base Imponible de las Rentas procedentes de la cesión o la transmisión de patentes y/o determinados intangibles.

Debido a las posibilidades de conseguir esta reducción, Pisa se implica con el cliente interpretando la normativa de aplicación a su caso particular, proponiendo actuaciones que cumplan los requisitos exigidos, así como sirviendo de apoyo ante posibles comprobaciones tributarias